Jubilados

Pensión por fallecimiento de un Jubilado

Consideraciones Generales:

La viuda/o, la/el conviviente pueden acumular más de una pensión, si el monto total a percibir
no excede el importe de tres haberes mínimos de jubilación.
Las/los hijas/os solteros, incapacitados, carentes de recursos propios y a cargo de sus padres, en
caso de fallecimiento de ambos, deberán optar por el beneficio que más lo favorezca.

Requisitos que deber reunir:

  • Ser la viuda, viudo o conviviente del causante.
  • Hijo/a soltero hasta 18 años y que no gozara de otro beneficio.
  • Hija viuda hasta 18 años y que no gozara de otro beneficio.
  • Hijo/a incapacitado/a sin límite de edad, si al momento del fallecimiento del causante, se
    encontraren incapacitados para el trabajo y a cargo del causante.

Documentación a presentar:

Del Causante:

  • Partida de defunción. Original y 2 fotocopias. Si en la partida de defunción no figura el
    número de DNI, se lo puede subsanar: pidiendo una rectificación de partida, o
    acompañar copia del padrón electoral, ó fotocopia del documento del causante.
  • Credencial que lo identifique como beneficiario de una prestación (de poseerlo).
  • Última orden de pago previsional (OPP)/ Comprobante de Pago Previsional (CPP), de
    poseerla.
  • Formulario información bancaria de ANSES, y estado de cuenta a esa fecha (se entrega
    en la oficina ULAT ubicada en APLA).

Del solicitante:

  • DNI, LE o LC y fotocopia de la 1 y 2 página, y la del domicilio de encontrarse
    actualizado. Si el domicilio no coincide con el del documento, debe traer constancias de
    domicilio actualizado: certificado policial o boletas de luz, gas, etc.

Si es cónyuge del causante:

  • Partida de matrimonio (actualizada sólo en los casos de matrimonios celebrados en la
    Argentina). Original y fotocopia.
  • Declaración Jurada art. 1 ley 17.562 (se completa en la oficina ULAT).

Si es conviviente del causante: (debe acreditar 2 años de convivencia si tiene hijos en común
con el causante, o 5 años de convivencia si no tiene hijos en común).

  • Partida de matrimonio en el extranjero, si posee. Original y fotocopia.
  • Sentencia de divorcio del causante, si existiera. Original y fotocopia.
  • Partida de nacimiento, de existir. Original y fotocopia.- Reconocimiento de convivencia pública en aparente matrimonio formulada por el causante en instrumento público, de poseerlo. Original y fotocopia.
  • Constancias de convivencia con el causante: domicilio de ambos declarado en tarjetas de
    crédito, pasaporte o en otra documentación probatoria. Original y fotocopia.

Si es hijo del causante, menor de 18 años de edad:

  • Partida de nacimiento. Original y fotocopia.
  • DNI y fotocopia de las páginas 1 y 2.

Si es hijo incapacitado del causante:

  • Partida de nacimiento. Original y fotocopia.
  • Estudios, diagnósticos y certificados médicos que acrediten la incapacidad para el trabajo
    a la fecha del fallecimiento del causante, o a la fecha en que cumplieron 18 años de edad.
    Original y fotocopia.
  • Testimonial para probar haber estado a cargo del causante, de ser mayor de 18 años:
    Formulario “Declaración Jurada Testimonial. Dependencia Económica”, cumplimentado
    por 2 testigos.
  • Formulario “Declaración Jurada Titular. Dependencia Económica”.
  • DNI y fotocopia de l a1 y 2 página.
  • Declaración Jurada art. 1 Ley 17.562.

Si es huérfano de padre y madre, debe adjuntar:

  • Partida de nacimiento. Original y fotocopia.
  • Partida de defunción de sus padres. Original y Fotocopia.
  • Testimonio de tutoría o curatela provisoria, se puede tramitar, con discernimiento,
    aceptación del cargo y autorización para percibir haberes devengados y a devengar.
    Original y fotocopia.
  • DNI y fotocopia de la 1 y 2 página.

En el caso de estar separado de hecho o divorciado no corresponde la pensión salvo estar
separado de hecho o divorciado por culpa exclusiva del causante, en tal caso hay que
completar 1 formulario para la separada o divorciada, 3 formularios correspondientes a 3
testigos.

Del Representante:

  • Formulario Carta Poder.
  • DNI, LC, o LE y fotocopia de la 1 y 2 página.
  • Si es profesional, credencial habilitante (abogado).
  • Si es gestor institucional, credencial otorgada por ANSES.

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